Anula el criterio de "arraigo" por el que Autoritat Portuària dio la concesión
23/03/2018@00:00:00
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears (TSJIB) ha anulado uno de los criterios por los cuales la Autoritat Portuària de Balears (APB) renovó el pasado año la concesión administrativa al Club Náutico de Ibiza; en concreto, el criterio de "arraigo" que únicamente podía aportar el club lo que, en la práctica convertía la concesión en un trámite a su medida. La Autoritat Portuària de Balears (APB) decidió renovar el año pasado la concesión del Club Náutico Ibiza por otros 30 años. El club ibicenco había pugnado por esta renovación desde 2010, cuando acabó su anterior concesión. Desde entonces había continuado la explotación de los amarres en régimen temporal. Tras la decisón del tribunal, a la que ha tenido acceso mallorcadiario.com, el proceso deberá repetirse ajustado a los criterios jurídicos expresados.