Los recurrentes sostienen que desde hace años vienen padeciendo la exposición constante a ruidos producidos por la explotación de dos populares locales de ocio nocturno ubicados en el Paseo Marítimo de Palma.
En su resolución judicial, el juez mantiene que, aunque ha habido una cierta respuesta por parte del Ayuntamiento de Palma a la problemática del ruido demandada por los vecinos, "la misma solo puede calificarse como insuficiente e inadecuada"
Por ello, continúa el magistrado en el texto, el consistorio, con su actuación pasiva, ha vulnerado el derecho fundamental invocado por los recurrentes.
De este modo, la sentencia apunta a Cort por haber permitido esta situación y considera que no se ha actuado tal como establece la ley autonómica sobre contaminación acústica.
El juez mantiene que la responsabilidad de que estos vecinos lleven sufriendo estos elevados niveles de ruido de madrugada es responsabilidad directa del Ayuntamiento, ya que no ha adoptado las medidas necesarias para actuar contra la actividad de estos pubs.
Miembros de la Asociación de Vecinos del Paseo Marítimo denunciaron al Ayuntamiento por el exceso de ruido causado por la actividad de dos locales nocturnos ubicados en las plantas bajas de los números 2 y 3 de la Avenida Gabriel Roca de Palma.