SOCIEDAD

¿Qué está permitido en Mallorca en la Fase 4?

Nuevas restricciones contra la Covid 19

Joan F. Sastre | Martes 15 de diciembre de 2020
Las nuevas restricciones aprobadas este lunes en Mallorca, tras su ratificación en Consell de Govern y la consiguiente entrada en fase 4 (la más severa de las cinco escalas del semáforo Covid contempladas en el caso de Baleares), implican un nuevo giro de 360 grados en el ámbito de la limitación de la movilidad y de los hábitos sociales, así como en el horario y los aforos de los establecimientos comerciales y, especialmente, los de restauración, que, además de limitar el servicio de consumiciones a las terrazas y los espacios exteriores, deberán suspender su actividad a partir de las 18 horas, los viernes, sábados y vísperas de jornadas festivas.

Estas disposiciones permanecerán vigentes, inicialmente, hasta el 28 de diciembre. A partir de esta fecha, podrían suavizarse, mantenerse o endurecerse todavía más. Todo dependerá de los efectos que estas limitaciones logren suscitar en materia de decrecimiento o estabilización de las cifras epidemiológicas, actualmente en clara etapa emergente en Mallorca.

En este sentido, las medidas que han entrado en vigor a las 00.00 horas de este martes 15 de diciembre, a poco más de una semana de las fechas navideñas, no solo son más duras y restrictivas que las del resto de las islas del archipiélago, que por el momento no han accedido todavía a la fase 4 gracias a sus mejores niveles de incidencia epidemiológica, sino que también superan en rigor y severidad a las directrices aplicadas en la mayor parte de territorios del país.

REUNIONES SOCIALES Y FAMILIARES

Una primera cuestión que cabe destacar en este nuevo marco normativo es que las reuniones sociales y familiares no podrán acoger a un número superior a los seis asistentes, tanto si se desarrollan en un recinto interior como si tienen lugar en un espacio exterior. Ahora bien, las personas que celebren el encuentro pueden pertenecer a un máximo de dos núcleos de convivientes. Con esta última disposición, el Govern pretende, según ha explicado su presidenta, Francina Armengol, que las personas que viven solas puedan reunirse con familiares y amigos, sobre todo con la vista puesta en las comidas y cenas tradicionales de Nochebuena, Navidad y la segunda fiesta del 26 de diciembre.

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En cuanto a las fiestas y reuniones de año nuevo, la previsión resulta ahora mismo incierta, tal como ha reconocido Armengol, si bien, según la jefa del Ejecutivo autonómico, las expectativas no invitan precisamente al optimismo y la alternativa más probable es que más allá del 28 se prolonguen estas limitaciones y que, por tanto, tampoco en la cena del 31 de diciembre o la comida del 1 de enero se pueda admitir a un número mayor de comensales, ni se amplíe tampoco la cifra de núcleos convivientes.

TOQUE DE QUEDA

Esta también es la alternativa que más visos tiene de hacerse realidad en el caso del toque de queda. Hasta el 28 de diciembre, el horario sigue siendo el mismo que ya se impuso tras la última adopción de medidas excepcionales que entró en vigor el jueves 10, cuatro días antes de la aprobación de la fase 4 en Mallorca: es decir, la movilidad estará limitada de las 22 horas a las 6 de la madrugada.

Sin embargo, la novedad es que se pone coto a la mayor permisividad que en un primer momento había otorgado el Govern a las reuniones familiares o sociales que tuvieran lugar en los días más señalados de la primera semana de Navidad (24 y 25 de diciembre, porque el 26 ya quedó entonces descartado). Con las nuevas normas en la mano, ya no se aplicará un horario especial del toque de queda a la 1,30 de la madrugada, sino que regirá la misma restricción que en resto de fechas: a partir de las 22 horas.

RESTAURACIÓN Y HOSTELERÍA

Mención aparte merecen las prohibiciones en el ámbito de la restauración y la hostelería. En esta nueva fase 4, los interiores de los establecimientos deben permanecer cerrados y, en consecuencia, solo se pueden consumiciones en el exterior. No obstante, esta limitación no se exige a partir de este martes, como el resto de las medidas, sino desde el próximo jueves 17 de diciembre, con la finalidad, según Armengo, de que las empresas del sector puedan ir agotando su stock de productos. Por otra parte, el límite de aforo en terrazas y espacios exteriores no puede superar el 75 por ciento o, en todo caso, una misma mesa no puede ser compartida por más de seis clientes.

En cuanto al horario de cierre de estos negocios, se ha fijado el ‘tope’ de las 22 horas, pero con excepciones, ya que los viernes, los sábados y las vísperas de jornadas festivas tampoco se podrá servir en las terrazas a partir de las 18 horas con la pretensión de “evitar el tardeo”, resumiendo la explicación facilitada por la presidenta Armengol tras el Consell de Govern de este lunes.

COMIDA A DOMICILIO

Eso sí, a pesar de estas restricciones en cuanto al servicio en los locales, los restaurantes tienen la posibilidad de facilitar comida a domicilio a sus clientes en un margen de tiempo mucho más extenso, concretamente hasta la medianoche. Con esta medida, el Ejecutivo persigue la meta de paliar los duros efectos que estas medidas suponen para el negocio de la restauración y permitir, además, que los ‘rider’, término con el que se conoce a los repartidores de comida en casas y pisos particulares, no vean sumamente limitada su actividad.

RESTRICCIÓN DEL TABACO

En otro orden de cosas, y a pesar de que inicialmente la fase 4 implicaba la prohibición de fumar en cualquier tipo de espacio público, el Govern, finalmente, ha decidido suavizar parcialmente esta restricción y permitir el consumo de tabaco en las calles siempre y cuando no se camine y se garantice un espacio de separación de, al menos, dos metros respecto a otros viandantes. En cambio, seguirá sin estar permitido fumar en las terrazas de bares y cafeterías.

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COMERCIOS Y GRANDES SUPERFICIES

En los comercios, el Govern ha establecido dos baremos. Así, en las tiendas más pequeñas, y también en las paradas de los mercados ambulantes, se autoriza un aforo máximo equivalente a la mitad de la capacidad del local, mientras que en las grandes superficies no se permite superar el 30 por ciento de la capacidad. En ambos casos, el horario de cierre se ha fijado a las diez de la noche.

ACTIVIDADES DEPORTIVAS

En el ámbito del deporte, cualquier actividad que se desarrolle en recintos interiores no podrá sobrepasar el 30 por ciento de la capacidad, con un máximo de seis participantes en los entrenamientos dirigidos. Si se trata de excursiones, caminatas, senderismo o cualquier otro tipo de práctica deportiva al aire libre, el número límite de asistentes también se sitúa en la media docena.

ESPECTÁCULOS

En cuanto a los espectáculos, la entrada en fase 4 implica una modificación sustancial que afectará en gran medida a la rentabilidad de este tipo de oferta cultural: la prohibición de servir consumiciones, es decir, palomitas, bebidas y cualquier otro tipo de producto. En cambio, no se registran cambios en cuanto al aforo permitido, que sigue siendo del 45 por ciento en las salas de cine y del 50 por ciento en teatros y auditorios.

CEREMONIAS DE CULTO

Sobre los actos y ceremonias en lugares de culto, la recomendación del Govern es que se aplacen hasta más adelante, cuando la situación epidemiológica se estabilice. No obstante, esta alternativa parece complicada en las fechas navideñas, que registran habitualmente una gran profusión de misas y oficios litúrgicos. Por tanto, si estas convocatorias no se suspenden, el aforo máximo no puede exceder el 30 por ciento o la cifra de 15 asistentes.

ACADEMIAS Y AUTOESCUELAS

El decreto del Govern regula también el ámbito de la formación no reglada, es decir, la que hace referencia a las clases en academias y autoescuelas, entre otros centros de enseñanza. La cifra máxima de participantes por cada aula se ha fijado en seis estudiantes o, en todo caso, el 50 por ciento del recinto.

RESIDENCIAS DE ANCIANOS Y VENTA DE LOTERÍA

En las residencias geriátricas, los internos solo pueden recibir la visita de una persona cada día, salvo que se trate de usuarios al final de su vida, para los que se permite el acompañamiento continuado. En cambio, la actividad en los clubes de ‘gent gran’ queda completamente suspendida, tal como ocurre también en los locales de ocio nocturno y de juego. Solo hay una excepción para este último caso, a tener muy en cuenta en unas fechas en que muchas personas adquieren sus boletos para el tradicional sorteo de Navidad: cualquier transacción en cuanto a venta de décimos ha de producirse fuera de las zonas interiores de estos establecimientos.

FIESTAS POPULARES Y ATRACCIONES

La normativa decreta también la suspensión de cualquier tipo de fiesta o feria popular, como las que tienen lugar en estas semanas de Navidad, pero permite, sin embargo, las atracciones (autos de choque, tiovivo…) que durante estas fechas se instalan en algunas de las calles más concurridas de los diversos municipios.

HOTELES

En el ámbito de los establecimientos turísticos, el uso de los espacios comunes no puede superar el 50 por ciento de su capacidad, y el 30 por ciento si se trata de los comedores, mientras que los centros de ocio infantil admiten grupos de no más de seis asistentes y un 50 por ciento del aforo.

ESPACIOS CULTURALES

En los espacios culturales que no sean cines, ni teatros, ni auditorios, como museos y exposiciones, se autoriza el 50 por ciento de la capacidad del recinto, con un máximo de seis participantes, tanto si la actividad se desarrolla en una zona interior como si tiene lugar en un recinto exterior.

PLAYAS Y PARQUES

Finalmente, las playas y parques se mantendrán abiertos al público entre las siete de la mañana y las nueve de la noche, y no podrán celebrarse congresos o jornadas presenciales, sino que solo podrán llevarse a cabo si se opta por el formato telemático.

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