La adjudicación en cuestión es referente a los servicios del litoral del término municipal de Felanitx adjudicados en su momento a las siguientes entidades: «Marportsunbeach, S.L.» (lote 1 y 2) UTE «Margarita Sastre Socias i Beach y “Oci, S.L.» (lote 3) y a la entidad «El Ciudarem S.L.» (lote 4). Fue la entidad «El Ciudarem S.L.» la que impugnó la licitación que ahora resuelve la sentencia 284/18.
En el documento judicial al que ha tenido acceso mallorcadiario.com se pone en duda que “la entidad «El Ciudarem S.L.» ostenta legitimación activa para impugnar la adjudicación del lote nº 1) ya que la entidad «El Ciudarem S.L.» concurrió en conjunción con la entidad «Masisa S.L.» proponiendo ambas forma una UTE. Por lo tanto lo que se discute es la inadmisión del recurso contra la adjudicación a otra mercantil al faltar acuerdo para interposición del recurso de todas las sociedades integrantes de la UTE”.