Torres se encuentra desde el pasado 18 de junio en la cárcel Brians 2, en Sant Esteve Sesrovires (Barcelona, donde ingresó para cumplir la condena impuesta por la Audiencia y ratificada por el Tribunal Supremo por el caso Nóos.
La Audiencia argumenta que la Ley establece que la mera solicitud del indulto no suspende el cumplimiento de una sentencia, con algunas excepciones que entiende que no se dan en el caso de Torres. De este modo, el Tribunal considera que teniendo en cuenta las circunstancias personales de Torres, no hay aspectos que aconsejen conceder la suspensión de la ejecución.
Además, la Sala aprecia que la duración de las penas de Torres es superior a dos años -el delito de prevaricación supone una condena de tres años menos un día- y que solamente por este hecho el Tribunal queda exonerado de analizar el resto de argumentos planteados por el ex socio de Urdangarin, ya que no se cumplen los requisitos legales para la suspensión.
"Procede desestimar la concesión del beneficio suspensivo excepcional interesado", concluyen los magistrados.
Diego Torres fue condenado en total a cinco años y ocho meses de prisión tras resolver el Tribunal Supremo los recursos contra la sentencia dictada por la Audiencia. Tras esta decisión de la Audiencia Provincial de Baleares, deberá seguir en la cárcel de Brians 2, situada a unos 40 kilómetros de Barcelona.