De esta manera, considera que el retraso en la entrega por parte de la demandada de la vivienda adquirida por la empresa "ha causado unos daños y perjuicios" al impedir a su propietario "obtener los frutos o beneficios de su titularidad".
Con esto, la Sala estima la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Palma de julio de 2017, que condenaba a esta mujer a indemnizar a la entidad "con 36.400 euros más los intereses legales y procesales, sin expresa imposición de costas".