SUCESOS Y TRIBUNALES

Condena de 36.000 euros por vender una vivienda y retenerla para que no abriera una cafetería

"Perjuicio cuantificable económicamente"

Redacción | Martes 03 de abril de 2018
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Palma ha condenado a una mujer a pagar una indemnización de 36.400 euros porque "retuvo la posesión" de una vivienda que una cafetería había comprado por lo que la privó de su uso y le causó "un perjuicio cuantificable económicamente".

De esta manera, considera que el retraso en la entrega por parte de la demandada de la vivienda adquirida por la empresa "ha causado unos daños y perjuicios" al impedir a su propietario "obtener los frutos o beneficios de su titularidad".

Con esto, la Sala estima la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Palma de julio de 2017, que condenaba a esta mujer a indemnizar a la entidad "con 36.400 euros más los intereses legales y procesales, sin expresa imposición de costas".



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