ECONOMÍA

Las pymes podrán simplificar sus obligaciones contables

Según auditores

EFE | Domingo 22 de enero de 2017
Los auditores de Balears consideran que e las obligaciones contables de las pequeñas y medianas empresas se verán muy simplificadas tras la reforma de los planes generales de contabilidad, llevada a cabo por el Gobierno central.

La Agrupación balear del Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España (ICJCE), celebra mañana en Palma un seminario sobre la reforma contable que ya es de aplicación para el cierre del ejercicio 2016, con el presidente de esta agrupación, Julio Capilla, en calidad de ponente.

Capilla ha señalado que el ejercicio 2017 "llega cargado de importantes novedades legislativas en materia de contabilidad que influyen directamente en la actividad de las pymes de las islas".

Entre las modificaciones introducidas por el Gobierno central destaca la reducción del volumen de datos que se deberá presentar en la memoria abreviada. Se trata de la información referida a la actividad de la empresa, los activos y pasivos financieros, ingresos y gastos, fondos propios, situación fiscal y aplicación de resultados, entre otros.

Gracias a la entrada en vigor del Real Decreto (RD) 602/2016, el pasado diciembre, aquellas empresas y pymes que utilicen el modelo abreviado del Plan General Contable y Plan General Contable de Pymes también estarán exentas de incluir el estado de cambios en el patrimonio neto.

Capilla ha explicado que la modificación exime a las empresas de presentar la información tanto del estado de ingresos y gastos reconocidos, como la del estado total de cambios en el patrimonio neto, que forman parte del conjunto del informe sobre el estado del patrimonio neto.

Podrán acogerse a esta simplificación, del Plan General de Contabilidad, las pequeñas y medianas empresas que cumplan al menos dos de los requisitos fijados, durante dos años consecutivos: que el activo no alcance los 4 millones de euros, su cifra anual de negocios no supere los 8 millones y que no sobrepasen los 50 trabajadores en plantilla.

La reforma también incluye cambios en el tratamiento contable de los inmovilizados intangibles, especialmente el fondo de comercio. Para los inmovilizados intangibles se fija un plazo de amortización de 10 años cuando su vida útil no pueda estimarse de manera fiable, salvo que exista una previsión legal específica distinta -como, por ejemplo, los gastos de investigación y desarrollo-.

En relación al fondo de comercio, el Real Decreto incluye una presunción que admite prueba en contrario de que éste se recuperará de forma lineal en un plazo de diez años. Con ella, las empresas podrán eludir la normalmente compleja labor de tener que justificar la vida útil de este elemento patrimonial.

TEMAS RELACIONADOS:


Noticias relacionadas