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El Ajuntament de Pollença celebra no tener que indemnizar por Cala Carbó

el supremo no lo corresponsabiliza de 22,5 M

EFE | Lunes 06 de julio de 2015
cala-carbó


El Ayuntamiento de Pollença celebra que el Tribunal Supremo no haya considerado a la institución municipal corresponsable de las indemnizaciones por 22,5 millones que fue condenado a pagar el Govern balear a 6 dueños de parcelas de las urbanizaciones Cala Carbó y l'Ullal que fueron desclasificadas.

Según ha informado la entidad local en un comunicado, el consistorio ha sido eximido por el Tribunal Supremo de la responsabilidad patrimonial en el caso de las desclasificaciones de Cala Carbó y l'Ullal, donde el Govern fue condenado en septiembre de 2013 por los daños y perjuicios derivados de la entrada en vigor de la Ley de Medidas Urgentes para un Desarrollo Territorial Sostenible que entró en vigor en junio de 2008.

La Sala de lo Contencioso-Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares condenó al Govern a indemnizar con 22.515.171 euros a seis propietarios de parcelas que pasaron de suelo urbano a rústico, sentencia que el ejecutivo autonómico recurrió, reclamando que el Ayuntamiento fuera corresponsable del pago.

El Supremo señala en la sentencia que los demandantes reclamaron ante la comunidad autónoma como autora de la norma con rango de ley que ha incidido en sus intereses, y el Ayuntamiento es parte interesada por los emplazamientos de las parcelas, pero no como parte demandada.

El alto tribunal ha confirmado ahora la sentencia del TSJIB por lo que se refiere a dos de los propietarios, que serán indemnizados por el Govern con 1.243.687 euros entre los dos.

En cuanto a los otros cuatro propietarios, el Supremo estima parcialmente sus recursos y reconoce "el derecho a ser resarcidos por los gastos de elaboración del proyecto o proyectos técnicos de los instrumentos de ordenación y ejecución que hubieren sido necesarios para legitimar su actuación de urbanización".

También por "las obras acometidas, financiación, gestión y promoción precisos para la ejecución de la actuación así como las indemnizaciones pagadas", cuantías que se fijarán en ejecución de la sentencia, tasado por su importe incrementado por la tasa de libre riesgo y la primera de riesgo.

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