SUCESOS Y TRIBUNALES

El Govern ha resuelto 821 solicitudes de arbitraje en el primer semestre

De las 858 recibidas en la Junta Arbitral de Consumo

Jueves 22 de agosto de 2013


 La Dirección General de Salud Pública y Consumo ha tramitado durante los seis primeros meses de este año 858 solicitudes de arbitraje ante la Junta Arbitral de Consumo de Baleares, de las cuales han sido resueltas 812, lo que representa el 95 por ciento de las presentadas.


   Según ha informado la Dirección General en un comunicado, 303 solicitudes (37,3 por ciento) se resolvieron por mediación arbitral y 471 (58,4 por ciento) mediante un laudo arbitral. Respecto a los datos correspondientes a 2012 en las islas, se presentaron 1.517 solicitudes, 1.516 de las cuales se resolvieron (99 por ciento). De éstas, 710 (46,8 por ciento) se resolvieron por mediación arbitral y 806 (53,1 por ciento) mediante un laude arbitral.

En relación al número de empresas adheridas al sistema arbitral de consumo, en 2013 se han alcanzado un total de 1.114, además de 105 organizaciones empresariales y 12 asociaciones de consumidores.

Tal y como ha recordado el Govern, el sistema arbitral de consumo es un procedimiento voluntario, gratuito, sencillo, ágil y eficaz de solución de conflictos entre consumidores y empresarios, con objeto de dilucidar sus diferencias de una manera rápida y sin demasiadas formalidades. Pueden solicitar el arbitraje los consumidores que consideren que se han visto vulnerados sus derechos como consumidores y usuarios.

Tanto en el caso de las empresas adheridas como si se produce la aceptación de un asunto concreto, la resolución de las controversias va a cargo de los colegios arbitrales, que tienen una composición tripartita: un árbitro propuesto por la Administración, otro por las organizaciones empresariales y un tercero por las asociaciones de consumidores.

La Junta Arbitral de Consumo de Baleares tiene como finalidad resolver con carácter vinculante y ejecutivo las reclamaciones presentadas por consumidores o usuarios finales contra empresas o profesionales que previamente hayan manifestado ante la Junta la voluntad de resolver los conflictos de consumo mediante esta vía del arbitraje.

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