Jaume Ferrer, Susana Labrador, Bartomeu Escandell y Alejandra Ferrer, han valorado la sentencia.
El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia que declara la nulidad del acuerdo que aprobó la revisión de las Normas Subsidiarias de Formentera en lo referente a la reducción de los entornos de protección de los conjuntos históricos de las Iglesias de Sant Francesc, Sant Ferran y del Pilar de Mola. Según ha informado hoy el Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB), la sentencia desestima el recurso de casación del Consell de Formentera y confirma la sentencia del TSJIB que declaró la nulidad de dicho acuerdo.
Las Normas Subsidiarias impugnadas habían realizado nuevas delimitaciones de los conjuntos históricos sin tener en cuenta las existentes, que protegen las iglesias en un radio de 250 metros, desde que el Consell de Ibiza y Formentera las declaró, en marzo de 1996, Bien de Interés Cultural, con categoría de conjunto histórico-artístico.
Según el TSJIB , la reducción del entorno de protección sólo puede hacerse "con la necesaria justificación o motivación de por qué unas edificaciones merecedoras de protección han dejado de serlo, explicando qué es lo que ha cambiado que ha determinado esa modificación".
Para el tribunal, la sentencia de instancia anuló dicho acuerdo "por no estar justificado, por no seguir el procedimiento legalmente establecido y, en lo que afecta a Ca ses Castellones, por la conveniencia de la administración de no ejecutar una sentencia firme de 4 de febrero de 2009".
La sentencia concluye que si la motivación o justificación "es exigible cuando se trata de conjuntos históricos "con mayor motivo lo es en el presente caso en el que está en cuestión el cumplimiento de una sentencia firme".
Por su parte, el presidente del Consell de Formentera, Jaume Ferrer, acompañado de los conselleres de Patrimonio, Susana Labrador; de Presidencia, Bartomeu Escandell, y de Territorio, Alejandra Ferrer, ha comparecido hoy para valorar la sentencia.
Según ha explicado, el criterio que siguieron las Normas Subsidiarias fue "proteger los elementos con valor patrimonial dentro de los cascos urbanos de las localidades, porque en Formentera se encuentran dispersos y no necesariamente alrededor de la iglesia".
Este criterio, según Ferrer, "difiere del que define Patrimonio para Ibiza y Formentera, que es marcar un epicentro donde se encuentre la iglesia y desde allí proteger en un radio de 250 metros".
El presidente del Consell ha anunciado que se volverá hacer la memoria que define los conjuntos históricos de Formentera para aportar la justificación que pide el TSJIB.
El documento incluirá tanto la justificación de los elementos que se protegen como los que no, y argumentará por qué los elementos que, a pesar del entorno de protección, "no tienen ninguna característica patrimonial, ni arquitectónica para ser protegidos", ha explicado Ferrer.
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