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La Guardia Civil del Mar llevó ayer a cabo una inspección por la zona de la Colonia de Sant Jordi, más concretamente en Cala es Carbó, donde solicitó la documentación a varias embarcaciones que habían fondeado dentro del límite de seguridad, marcado con boyas, para los bañistas y donde no tienen permitida la entrada los barcos.
Se dió la circunstancia de que mientras los agentes pedían la documentación a una y otra embarcación, los que han podido izaron anclas y salían de dicha zona. Entre las embarcaciones a las que se solicitó la documentación se hallaba el "Magic", un catamarán destinado a uso turístico.
Hay que recordar que para garantizar la seguridad de los usuarios de las playas, y especialmente de los bañistas, se establecen en la línea de playa zonas de protección, generalmente balizadas.
Estas zonas se situan en el interior de una banda litoral, paralela a la costa, de 200 metros de ancho, en la cual la navegación está prohibida o condicionada a una velocidad de 3 nudos en donde no exista balización.
Estas zonas se consideran reservadas exclusivamente a los bañistas y prohibidas a la práctica de cualquier deporte náutico aunque los canales de acceso para las tablas de windsurf, esquí náutico, motos náuticas, veleros, embarcaciones a motor, etc., son zonas prohibidas para el baño y destinadas a dar acceso a la playa a los usuarios de los deportes náuticos.
En zonas donde están debidamente balizadas está prohibida la navegación deportiva y de recreo, y la utilización de cualquier tipo de embarcación o medio flotante movido a vela o motor. El lanzamiento o varada de embarcaciones deberá hacerse a través de canales debidamente señalizados.
En los tramos de costa que no estén señalizados, se entiende que la zona de baño ocupa la zona contigua a la costa de una anchura de 200 metros. Dentro de estas zonas no balizadas no se puede navegar a una velocidad superior a 3 nudos. Las motos náuticas sólo podrán navegar por esta zona para acceder perpendicularmente a la playa, extremando precauciones y a velocidad inferior a 3 nudos.
Todas las embarcaciones o artefactos flotantes, sea cual sea su medio de propulsión, que salgan o se dirijan a las playas, deben hacerlo perpendicularmente a tierra, navegando con precaución y siempre a menos de tres nudos desde los 200 metros hasta la costa, o viceversa. En caso de que existan canales balizados de acceso, éstos se usarán obligatoriamente.
También está prohibido fondear en los canales de acceso a los puertos, calas y playas (si están balizadas), y dentro de las zonas de baño debidamente balizadas.
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