El Tribunal Supremo no ha admitido el recurso interpuesto por el Govern balear contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears que otorgaba el concierto educativo a los cursos de Primero y Segundo de ESO para el curso 2015/2016 de los colegios del Parc Bit. Esta sentencia, del 13 de diciembre de 2016, fue recurrida por el Govern ante el Supremo, quien ha decidido no admitir el recurso además de imponer las costas a la Comunidad Autònoma.
Contra la Providencia del Tribunal Supremo no cabe recurso por lo que, cuando se devuelvan los autos a la Sala del TSJIB, los colegios podrán instar la ejecución de la Sentencia.
La decisión judicial abre el camino para que toda la enseñanza obligatoria de los colegios del Parc Bit sea concertada.
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